Vives en Vallvidrera, en Valldoreix o en la parte alta de Sant Just, tienes un pino que da miedo y pides presupuesto. Lo primero que te preguntamos no es qué árbol es: es dónde tienes exactamente la finca. Porque en Collserola, aunque el jardín sea tuyo, el parque tiene algo que decir.
Seis de cada diez hectáreas de Collserola son privadas
Mucha gente cree que el Parc Natural de la Serra de Collserola es todo terreno público, como si fuera un parque urbano grande. No lo es. Alrededor del 60% de la superficie del parque es de propiedad privada, y eso significa miles de fincas particulares con casas, jardines y bosques dentro de un espacio protegido.
El parque ocupa unas 8.156 hectáreas y toca nueve municipios: Barcelona, Esplugues de Llobregat, Sant Just Desvern, Sant Feliu de Llobregat, Molins de Rei, el Papiol, Sant Cugat del Vallès, Cerdanyola del Vallès y Montcada i Reixac. Si tu finca está en alguno de estos y está en la montaña, hay muchas posibilidades de que estés dentro.
Y si estás dentro, tu propiedad no deja de ser tuya, pero las reglas de lo que puedes hacer en ella no las pone solo el Ayuntamiento.
Tres ventanillas sobre el mismo árbol
Esta es la parte que confunde a todo el mundo. Según qué quieras hacer y dónde estés, te pueden tocar tres administraciones distintas, y no son alternativas: pueden sumarse.
- El Ayuntamiento. Es quien da la licencia urbanística cuando la tala o la poda fuerte es en suelo urbano, y quien tiene los catálogos de arbolado de interés local. Cada uno de los nueve municipios tiene su ordenanza y no dicen lo mismo: lo que en Molins pasa con una comunicación, en Barcelona puede pedir licencia.
- La Generalitat. Por la parte forestal. La Ley 6/1988 forestal de Catalunya somete los aprovechamientos en terreno forestal a autorización o comunicación, y buena parte de Collserola es terreno forestal aunque tengas la casa en medio.
- El Consorci del Parc Natural. Es el órgano que gestiona el parque, creado a raíz del Decreto 146/2010 que lo declaró Parque Natural. Las actuaciones sobre vegetación dentro del ámbito del parque pasan por su informe, y lo que se puede hacer y lo que no lo marca el PEPNat, el plan especial de protección aprobado definitivamente en 2021 que sustituyó al plan de 1987.
Dicho corto: en Collserola, la pregunta de si puedes cortar un árbol casi nunca se responde solo con la ordenanza de tu pueblo.
Qué cambia según lo que quieras hacer
No todo pide lo mismo. Esta es la gradación que nos encontramos en la práctica, de menos a más papeleo:
- Poda de mantenimiento de un árbol del jardín. Normalmente no necesita autorización, siempre que sea una poda proporcionada y el árbol no esté catalogado. Si es un ejemplar de interés local, sí la necesita, y aquí es donde la gente tropieza.
- Retirada de un árbol muerto o con riesgo inminente. Hay vía de urgencia, pero no es barra libre: hay que poder justificar el riesgo y a menudo hay que comunicarlo igualmente. Nuestro consejo es siempre el mismo, fotografía el árbol antes de tocar nada.
- Tala de uno o pocos árboles sanos en suelo urbano. Licencia municipal, y si el árbol tiene cierto tamaño o especie, informe técnico. En algunos municipios, obligación de replantar.
- Clareo o tala en terreno forestal. Aquí entra la Generalitat y, dentro del parque, el Consorci. Quien gestiona superficie de bosque de verdad necesita un instrumento de ordenación forestal, no un permiso puntual.
- Franja perimetral de protección contra incendios. Es obligatoria para muchas urbanizaciones y casas aisladas, y tiene reglas propias de densidad y altura. Es un trabajo que dentro del parque se hace a menudo y que convive con la protección, porque la hace segura.
Los tres errores que vemos cada año
- Dar por hecho que como es tuyo, ya está. Es el error número uno y es el más caro, porque cuando el expediente se abre ya has cortado y no hay marcha atrás.
- Preguntar solo al Ayuntamiento. Te pueden decir que por su parte no hay problema, y que la Generalitat o el parque te digan otra cosa. Las tres ventanillas son independientes.
- Contratar a quien te diga que sí a todo. Si alguien te hace un presupuesto para talar en Collserola sin preguntarte la referencia catastral ni mirar si el árbol está catalogado, no te está haciendo un favor: te está pasando el problema a ti, que eres el titular de la finca.
La parte que sí puedes resolver tú en diez minutos
Antes de llamar a nadie, tener esto a mano acorta la mitad del camino:
- La referencia catastral de la finca. Con eso se sabe si estás dentro del ámbito del parque y cómo está clasificado el suelo.
- Fotos del árbol enteras y de la base. Copa, tronco y lo que hay debajo. Si hay grietas, setas o el suelo levantado, que salga.
- Saber qué quieres de verdad. No es lo mismo "da miedo" que "quiero quitarlo". Muchas veces lo que resuelve el problema es una poda de reducción, y entonces ni hace falta abrir la vía de la tala.
Cómo lo hacemos nosotros
Antes de dar precio, miramos dónde estás. Si la finca está dentro del parque te lo decimos enseguida, porque cambia plazos y cambia el presupuesto: no es lo mismo organizar un trabajo para la semana que viene que uno que depende de un informe.
Si lo que quieres es quitar un árbol que se puede salvar, te lo diremos también. Dentro de un espacio protegido, un árbol grande es un activo, y a menudo una poda de reducción bien hecha deja el riesgo a cero sin abrir ningún expediente.
Y cuando hace falta permiso, lo tramitamos nosotros. No por hacerlo misterioso, sino porque hacerlo mal lo acaba pagando el propietario, que eres tú.
No sabes si tu finca está dentro del Parc Natural? Pásanos la referencia catastral y una foto del árbol por WhatsApp y te lo miramos antes de mover nada.
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